El pasado 29 de enero, preguntamos por carta a Mercedes Cantalapiedra, concejala de Cultura, Comercio y Turismo de Valladolid por la información remitida a los establecimientos que podrían celebrar conciertos en pequeño formato. La pregunta viene motivada tras conocer a través de los medios de comunicación que a partir de enero los bares podrían acoger algunos espectáculos.
En febrero de 2013 la programación de conciertos y actividades culturales en locales de nuestra ciudad se vio seriamente alterada, prácticamente interrumpida, ante el temor de afrontar multas y sanciones por parte de los establecimientos que los promovían. Hay que recordar que entonces no se produjo un cambio en la normativa reguladora (Ley de Espectáculos de Castilla y León) el cambio se produjo en la actuación de la Policía Municipal ante eventos que venían programándose desde hace años sin mayor problema en Valladolid.
Desde IU se ha propuesto en varias iniciativas plenarias afrontar la situación con las partes implicadas, con la Junta de Castilla y León y con los grupos municipales ya que esta inseguridad ha perjudicando la actividad cultural en nuestra ciudad y tiene que resolverse cuanto antes, conciliando los lógicos requisitos de seguridad y descanso del vecindario con la mayor libertad posible para la difusión de la cultura local en locales y al aire libre. La respuesta ha venido dos años más tarde y de manera unilateral de la mano del Partido Popular pero lógicamente un titular en prensa no es suficiente para que los establecimientos afectados y los artistas estén informados del cambio normativo producido en enero y qué efectos conlleva. Por la información publicada los bares de categoría especial podrían albergar conciertos respetando el aforo, las limitaciones de sonido y sin cobrar entrada.
La concejala en reunión mantenida con los portavoces de la Plataforma por el Arte en Vivo se comprometió a dar esa información a los establecimientos, pero a día de hoy no está nada claro que este compromiso se haya llevado a cabo ni en tiempo ni en forma (antes de que la modificación de la Ley entrase en vigor). Para resolver este embrollo, desde Izquierda Unida se considera imprescindible que se aclare esta cuestión con la máxima información para restablecer la normalidad en la agenda cultural vallisoletana y potenciarla tras varios años de incertidumbre.
Esta mañana ha contestado a esta petición. Respondiendo que esta es la información dada a los bares y a la Plataforma:
- La medida entrará en vigor el 1 de enero de 2015 y los locales deberán estar adecuados, respetando siempre la normativa en ruido, seguridad y aforo
- También estará prohibida la venta de localidades para el acceso a este tipo de establecimientos
El alcalde de Valladolid, Francisco Javier León de la Riva y la concejala de Cultura, Comercio y Turismo, Mercedes Cantalapiedra Álvarez, han informado esta mañana acerca de las modificaciones en la Ley de espectáculos públicos de Castilla y León en lo referente a la ambientación musical en bares especiales.
Ayer, 29 de diciembre de 2014, el Boletín Oficial de Castilla y León publicó la Ley 10/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Tributarias y de Financiación de las Entidades Locales vinculada a ingresos impositivos de la Comunidad de Castilla y León. Dicha Ley, popularmente conocida como «Ley de Medidas», recoge cada año no sólo medidas fiscales o tributarias, sino que se aprovecha para introducir modificaciones en diversas leyes, de todo tipo.
Tal es el caso de la Disposición final sexta, por la que se modifica el anexo de la Ley 7/2006, de 2 de octubre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Castilla y León. Esta pequeña modificación elimina una frase relativa a las actividades prohibidas en los «bares especiales», en concreto la relativa a «actuaciones musicales en directo». Es público y notorio que esta modificación ha sido promovida por el Ayuntamiento de Valladolid, y así lo ha reconocido el propio Gobierno regional hace algún tiempo. La intención municipal ha sido doble: facilitar a los establecimientos de hostelería realizar actividades complementarias que mejoren su rentabilidad, y poner a disposición de los grupos artísticos locales, fundamentalmente grupos jóvenes, un circuito de salas privadas adecuadas para este tipo de actuaciones.
Primero se aprobó una instrucción interna, que ampliaba el catálogo de actividades que se podían desarrollar en los establecimientos hosteleros, dentro del margen que permitía la Ley, incorporando monólogos, o pequeñas actuaciones teatrales. Ahora, se ha conseguido que también puedan desarrollarse actuaciones musicales en determinados establecimientos. Por ello el alcalde de Valladolid ha manifestado estar satisfecho y espera que los colectivos que así lo venían reclamando también lo estén.
Es importante transmitir que, aunque la Ley de espectáculos públicos se haya modificado, siguen en vigor otras normas, que en ningún modo deben ser olvidadas, y que hacen referencia a elementos tan importantes como el descanso de los vecinos o la seguridad de los asistentes a estos establecimientos.
En este sentido, desde el Ayuntamiento de Valladolid, y con la doble legitimidad que da ser promotores de esta modificación legal y responsables del cumplimiento de la normativa sobre seguridad, aforo y ruido ambiental, se quiere aclarar perfectamente qué está permitido y en qué condiciones.
De modo general hay que recordar que, en cualquier iniciativa de actuación musical en bares especiales habrá de cumplirse toda la normativa vigente, pero muy especialmente la que se refiere a ruido ambiental y seguridad y aforo:
1.- En el apartado de Ruido Ambiental, intervienen tres factores:
- La ubicación del local (hay que diferenciar entre un local bajo una vivienda que otro que tenga encima una oficina).
- El aislamiento del local.
- El nivel de emisión sonora en el interior.
Mientras los dos primeros factores son constantes, el nivel de emisión en el local variará en función de la actividad que se efectúe en el mismo. Este nivel de emisión, si supera el nivel máximo protegido por el aislamiento del local, es obligatorio limitarlo a través de un aparato limitador que es el que va a garantizar los límites sonoros que establece la Ley del Ruido de Castilla y León, tanto en el interior como en el exterior. En estos momentos los bares con ambientación musical disponen de este tipo de aparatos limitadores homologados y supervisados por la Administración Municipal. Ahora bien, estos limitadores actuales actúan únicamente en el equipo musical para el que se encuentran configurados. La Administración ha controlado y precintado estos limitadores para cada equipo en concreto, garantizando de ese modo los límites legales. A partir de este momento, son dos los supuestos que van a darse en este apartado:
a) Que se necesite conectar un nuevo equipo musical (por ejemplo un amplificador) o instrumento (por ejemplo una guitarra eléctrica) al limitador existente. En este caso sería necesario efectuar una nueva configuración del limitador que garantice los niveles legales de limitación, o bien instalar un limitador específico para las actuaciones en directo.
b) Que se vayan a utilizar equipos e instrumentos musicales que no puedan limitarse a través del limitador (por ejemplo, una batería o un saxofón). En este caso sólo podrían realizarse actuaciones si el aislamiento y la ubicación del local lo permitiesen.
Es esencial recordar que, en ambos casos, se precisará de una comprobación por parte de la Administración y de una autorización expresa para cada Establecimiento por parte del Área de Medio Ambiente de este Ayuntamiento. En este sentido el alcalde recuerda que cualquier manipulación de los limitadores actuales (por ejemplo, conectar un nuevo equipo de sonido o un instrumento musical lo es), sin supervisión de la Administración, supone una infracción administrativa con importantes consecuencias.
2.- En el apartado de Seguridad y Aforo, debe tenerse en cuenta que la actual modificación legal no supone ninguna variación respecto de las condiciones de aforo, distribución interior, accesos, salidas y elementos de seguridad, etc., que establece la Licencia del Establecimiento, y a ella debemos remitirnos en todo momento, sea cual sea la nueva actividad cultural a realizar. Asimismo, se recuerda que en este aspecto está totalmente prohibida la venta de localidades para el acceso a este tipo de establecimientos.
Al finalizar la rueda de prensa, el alcalde ha hecho un llamamiento «a todos los sectores y colectivos interesados, como nosotros, en promover este tipo de actividades, para que, desde la responsabilidad y el respeto a los derechos e intereses de todos, podamos conseguir que la nueva normativa, que tanto ha costado aprobar, despliegue todos su efectos positivos, pero sin generar inconvenientes a nadie, y mucho menos infracciones a la normativa en vigor».